viernes, 4 de noviembre de 2011

Ley del donante universal

 Fernanda Castrillón

“Todas las personas mayores de 18 años son automáticamente donantes de órganos, por lo que no se requiere la autorización especial o trámite particular para hacerlo”, este es el enunciado de la ley que nos tiene como donantes automáticamente al cumplir los 18.

Según esta ley todas las personas, sin límite de edad, pueden ser donantes, pero en el caso del fallecimiento de un menor de edad, que según la ley no es donante automático, sus padres son los que darán dicha la autorización.

Una persona no puede ser donante si es portadora de VIH, si tiene infecciones graves no controladas o cáncer con metástasis.

Si las personas no quieren ser donantes, la ley estipula que cualquier mayor de 18 años tiene el derecho a negarse en vida a donar sus órganos tras su muerte. Para hacerlo debe renunciar a la donación en el Registro Civil a la hora de renovar el carné de identidad, la licencia o en el hospital en que se encuentra hospitalizado si está en sus últimos momentos de vida.

Al momento de la muerte de una persona, esta ley no requiere la autorización de los familiares de esta ya que si la persona no renunció en vida a la donación pasa a ser donador automáticamente, pero si el médico tiene alguna duda de la disposición del donante antes de su fallecimiento, deberá preguntarle al familiar más cercano y si hay contradicciones entre familiares, el doctor lo considerará donante. Si el fallecimiento es causa de un delito, es decir, si la persona murió en un acto delictivo, como sería el caso de, por ejemplo,  un delincuente que ha asaltado a una persona y luego la ha matado, la donación la decidiría el fiscal.

Al momento de la donación los familiares del fallecido no pueden saber la identidad de la persona a la cual se le trasplantará el órgano ya que la donación debe ser anónima en cualquier caso.

En vida también se puede ser donante, pero con la condición de que el trasplante se le haga a una persona cercana. Según la ley el donante debe ser mayor de edad y estar al tanto de los riesgos que tiene la operación y si la persona se arrepiente a último minuto de donar en vida puede anular su decisión en cualquier momento.

Esta legislación se ha implementado en países como Chile, Argentina y España. El resultado de su implementación en lugares como Chile no ha sido el más óptimo ni el más esperado ya que desde que está en vigencia el número de personas que manifiestan no querer ser donantes aumenta.

Un ejemplo de esto es que en Chile en Enero de 2010, cuando no regía la norma del “Donante Universal”, 28.391 personas manifestaron ante el servicio que no querían registrarse  como donantes de órganos; en enero del 2011 y con 15 días de vigencia de la ley, 106.208 ciudadanos se manifestaron ante el Registro Civil como no donantes.

Estos resultados nos dejan muchas dudas respecto a esta ley, ya que tiene muy buenos puntos y su enunciado parece ser favorecedor, pero ¿realmente los resultados son los esperados?, claramente nuestro país no está preparado en conciencia para realizar este procedimiento y una ley no es suficiente para cambiar la mentalidad y el sentir de los chilenos, como dijo la señora Eva Flores: “Yo creo que los chilenos no están bien informados respecto al tema de la donación porque creen que los van matar para sacarles los órganos y no es así.”

Campaña de donación de órganos

Lamentablemente parece ser cierto que las personas están mal informadas por eso lo que se debe lograr es que las personas conozcan bien el procedimiento de la donación, de que se trata e informar a la población sobre el tema para que así podamos disminuir el número de personas que no desean donar sus órganos.

Bibliografía:  http://www.bcn.cl/guias/donacion-de-organos
http://www.direcmed.cl/Noticias/Sector-Salud/dura-critica-a-qley-del-donante-universalq-hace-la-corporacion-del-trasplante.html
http://www.emol.com/noticias/nacional/2011/08/21/498760/impactante-aumento-en-el-registro-de-personas-que-no-quieren-donar-sus-organos-en-chile.html

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